Micelio
Auto18 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Daniel Eduardo Romero Vitola·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de seguimiento a la orden sexta de la Sentencia SU.067/22.

Con el precitado resolutivo la Corte decidió apremiar al Consejo Superior de la Judicatura y a la Universidad Nacional de Colombia para que fijaran, con la mayor prontitud, el nuevo cronograma de actividades del concurso y para que, en el desarrollo de estas, actuaran de manera congruente con los principios de la función administrativa, particularmente los postulados de la eficacia y la celeridad.

Los memorialistas le pidieron a la Sala realizar el seguimiento efectivo del cumplimiento de la precitada disposición y reiterar la necesidad urgente de adoptar medidas para garantizar que el proceso de selección culmine conforme a los principios constitucionales que rigen la función administrativa y el acceso a la función pública.

Al revisar el asunto la Corte decidió RECHAZAR las peticiones formuladas, por no cumplir plenamente con el requisito de legitimación por activa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR las solicitudes formuladas por el ciudadano Daniel Eduardo Romero Vitola y otros, relacionadas con el seguimiento -cumplimiento- de la orden sexta adoptada en la Sentencia SU-067 de 2022, conforme a lo establecido en la parte motiva de esta decisión.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR a las y los solicitantes que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.